WRIT OF MANDAMUS (DEMANDANDO A USCIS)

¿Su caso califica para Writ of Mandamus?

Normalmente, los clientes acuden a nosotros después de haber estado esperando mucho tiempo para una decisión sobre su caso, y después de haber realizado numerosas consultas con USCIS (o los Consulados/Embajadas) por sí mismos, así como a través de sus abogados. La respuesta que reciben es casi siempre una respuesta genérica que indica que su caso está actualmente «pendiente» o está por debajo del «tiempo promedio de procesamiento».»Muchos de nuestros clientes incluso han ido a la oficina de su congresista para ayudarlos a preguntar; sin embargo, esto a menudo resulta en la misma respuesta, aunque la proporcionan en forma de carta. A partir de entonces, ya sea a través de su propia investigación incompleta, o a través de una consulta con un abogado sin experiencia, estos clientes creen erróneamente que su caso no califica para una demanda por mandato judicial porque está por debajo del tiempo promedio de procesamiento, ¡ESTO NO ES CIERTO! Durante la última década, en numerosos casos en los que la solicitud o petición no ha estado pendiente durante más del llamado «tiempo promedio de procesamiento» publicado por USCIS, hemos tenido éxito en obligar a USCIS y DOS a tomar medidas. Lea a continuación una explicación de por qué este «tiempo de procesamiento promedio» no es el factor decisivo.

¿Qué pasa si mi caso está por debajo del «tiempo medio de procesamiento»?»

Recientemente, USCIS ha aumentado el» tiempo promedio de procesamiento » que informan en línea para tratar de evitar consultas y demandas de clientes menos informados y sus abogados. Sin embargo, los Tribunales no solo miran el «tiempo promedio de procesamiento» reportado por USCIS, entre otros factores, miran lo siguiente: 1) El Congreso ha proporcionado un calendario para la agencia (180 días en casos de beneficios de inmigración bajo 8 U. S. C. § 1571); 2) está en juego la salud o el bienestar del solicitante/peticionario; 3) la agencia tiene una prioridad más alta o en competencia; y 4) el solicitante/peticionario tiene prejuicios de alguna manera (se pierden una oportunidad, como una fecha de prioridad actual o estar con su familia miembro). Investigación en Telecomunicaciones & Centro de Acción c. FCC, 750 F. 2d 70 (D. C. Cir. 1984). Por lo general, estos factores funcionan a favor de nuestros clientes, incluso cuando sus casos están dentro de estos «tiempos de procesamiento promedio» irrazonables reportados por la agencia. Utilizando nuestro conocimiento de lo que los tribunales consideran, fortalecemos las quejas de nuestros clientes con acusaciones que resaltan las circunstancias únicas en las que se encuentran nuestros clientes debido al retraso de USCIS.

¿Qué puede hacer la presentación de una queja de Mandamus para su caso? ¿Cuánto tarda?

Una acción de mandato judicial es una demanda presentada en un tribunal federal que pide al tribunal que emita una orden que obliga al gobierno a actuar, o abstenerse de actuar, según lo exige la ley. En el contexto de inmigración, una acción de Mandamus contra USCIS (o el Departamento de Estado) es una demanda civil en un tribunal federal que pide al tribunal que obligue a la agencia de inmigración a emitir una decisión sobre la petición o solicitud del demandante. Además de presentar una demanda contra el USCIS, otras agencias pueden incluirse como acusados nombrados, como la Oficina Federal de Investigaciones (FBI) de los Estados Unidos. Consulados y Embajadas, y otras ramas del Departamento de Seguridad Nacional (DHS). En la mayoría de nuestros casos de mandamus, podemos lograr que USCIS/DOS emita una decisión dentro de los 45 a 90 días posteriores a la presentación de la demanda. Podemos obligar a USCIS / DOS a llegar a un acuerdo debido a nuestra reputación de litigar casos hasta el juicio (cuando sea necesario), así como nuestra capacidad de presentar argumentos legales sólidos junto con acusaciones para demostrar que los casos de nuestros clientes merecen la emisión de un Mandamiento judicial por parte del tribunal.

¿Puede el gobierno tomar represalias contra usted por presentar la demanda?

A menudo, los clientes acuden a nosotros con una fuerte duda debido al hecho de que, en esencia, están demandando al gobierno. Sienten que si presentan una acción contra una entidad gubernamental, la entidad tomará represalias negando seguramente su petición o solicitud. Sin embargo, esto es exactamente lo contrario de lo que sucede. De hecho, la razón por la que USCIS / DOS retrasan injustificadamente los casos sin ninguna respuesta real en cuanto a las razones se debe al hecho de que ningún tribunal u otra autoridad con poder está supervisando sus acciones en cuanto al caso del cliente. Al presentar una demanda, un tribunal con autoridad y jurisdicción sobre la agencia ahora está supervisando las acciones de la agencia (o la falta de acciones) en el caso. Le guste o no a la agencia, tendrán que hacer su trabajo, y hacerlo correctamente ahora. Demandar a la entidad gubernamental hace que su demora excesiva salga a la luz pública y esté sujeta a un mayor escrutinio. En todo caso, este tipo de acción probablemente ayudaría a garantizar que cualquier decisión que tome USCIS esté de acuerdo con la ley. Como tal, es una suposición equivocada de que USCIS puede tomar represalias si se presenta un Mandamiento judicial en su contra.

Póngase en contacto con el BUFETE DE ABOGADOS JEELANI para discutir su caso retrasado.

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