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¿El equipo agrícola está sujeto a impuestos como propiedad personal?
Sí. Todo el equipo agrícola que se encuentra en el estado de Oklahoma, se listará y evaluará como otra propiedad personal en el condado en el que se encuentra el equipo a partir del 1 de enero de cada año. El ganado, aunque no está sujeto a impuestos en el condado de Cleveland, debe figurar junto con el equipo. Los siguientes son ejemplos de equipos agrícolas sujetos a impuestos:

  • Tractores, Palas de caja, Cepillos de cerdo
  • Hiladoras, Discos, Cultivadores
  • Cosechadoras, Empacadoras

¿Cómo solicito un Permiso de Exención Agrícola?
Al hacer una lista de su equipo agrícola con el Asesor del Condado entre el 1 de enero y el 15 de marzo de cada año, el Asesor del Condado llenará un formulario de Permiso de Exención Agrícola proporcionado por la Comisión de Impuestos de Oklahoma. Después de que la oficina del tesorero verifique que se han pagado todos los impuestos personales, el asesor del condado retiene una copia, una copia del formulario se enviará a la Comisión de Impuestos de Oklahoma. Emitirán el número de Permiso de Exención Agrícola.

¿Cómo me beneficia solicitar este Permiso de Exención?
El beneficio de presentar este permiso es no tener que pagar impuestos sobre las ventas de suministros y equipos agrícolas que se compran para su uso en la granja.

¿Cuántos acres debo cultivar para ser considerado elegible para el Permiso de Exención?
Si la tierra está siendo cultivada activamente, no hay restricción en el número de acres que está cultivando.

¿Cuándo expirará mi permiso?
Los Permisos de Exención Agrícola son válidos durante tres (3) años a partir de la fecha de emisión. Si pierde su Permiso de Exención Agrícola, puede llamar a la Comisión de Impuestos de Oklahoma para obtener una copia de reemplazo. Su número de teléfono en Oklahoma City es (405) 521-4614.

¿Estoy obligado a listar mis activos agrícolas con la oficina de Asesores si no estoy interesado en el Permiso de Exención Agrícola?
Sí. Por el estatuto de Oklahoma, el contribuyente debe listar todos los bienes personales de la granja con el Asesor del Condado antes del 15 de marzo de cada año. Después del 15 de marzo, el anuncio está en mora y se agrega una multa del 10% de la valoración evaluada. Después del 15 de abril, se agrega una multa del 20% de la valoración evaluada. Si no se realiza ninguna cotización, se aplicará un valor arbitrario a la cuenta del contribuyente.

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